El decreto que crea la categoría "vino bajo alcohol" fue publicado el viernes 11 de septiembre de 2026 en el Diario Oficial. Con ese trámite, la modificación al reglamento de la Ley N.º 18.455 —el Decreto Supremo N.º 78— quedó vigente, después de haber superado la toma de razón de la Contraloría General de la República a comienzos de mes.

Es el punto final de una discusión que Revista Gentes viene siguiendo desde agosto, cuando el decreto todavía estaba en manos de la Contraloría y el mínimo legal seguía siendo de 11,5°. Ya no lo está.

Qué dice exactamente el decreto

El texto define el "vino bajo alcohol" como la bebida elaborada exclusivamente sobre la base de zumo de uva parcial o totalmente fermentado, excluidas las uvas de mesa, mediante prácticas enológicas autorizadas, con una graduación alcohólica real mínima de 8,5° y una graduación potencial inferior a la establecida para el vino.

Dos precisiones importantes están en esa definición. La primera: se excluye expresamente la uva de mesa. La segunda: el producto debe alcanzar esa graduación mediante prácticas enológicas autorizadas, no por desalcoholización. Como explicó en su momento el ministro de Agricultura, Jaime Campos, se trata de "procesos naturales, no artificiales ni mecánicos".

Qué no cambia

Conviene decirlo con claridad, porque es donde más se ha confundido la información: Chile no rebajó de 11,5° a 8,5° la graduación mínima de todos sus vinos.

El mínimo de 11,5° GL sigue rigiendo para el vino. Lo que hizo el decreto fue incorporar una categoría adicional —dentro de los vinos especiales— que convive con la definición tradicional. El propio texto lo consigna: la medida permite "reconocer y regular estos productos sin alterar la definición tradicional de vino vigente en Chile".

Chile ya reconocía los vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados, además de ciertos espumantes de baja graduación. Lo que no existía era una categoría para vinos que nacen con menos alcohol desde su elaboración.

Los argumentos del Gobierno

El decreto construye su fundamentación sobre tres pilares.

El consumo cae. El texto constata una disminución sostenida del consumo de vino tradicional en Chile y el mundo, con el consiguiente aumento de existencias y sobrestock en los productores. La Organización Internacional de la Viña y el Vino estimó un consumo mundial de 208 millones de hectolitros en 2025, un 2,7% menos que el año anterior y un 14% por debajo de 2018.

El segmento bajo en alcohol crece. Según cifras citadas en el propio decreto, el mercado mundial de vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados pasaría de US$1.180,83 millones en 2023 a unos US$7.892,17 millones en 2032, una tasa de crecimiento anual compuesta del 23,5%.

Chile estaba fuera de norma internacional. El documento señala que Argentina, la Unión Europea, Estados Unidos y Australia ya contemplan graduaciones mínimas inferiores para determinados tipos de vino. La referencia de 8,5° tampoco es antojadiza: es el piso que la propia OIV fija como definición internacional de vino.

A esos argumentos, Vinos de Chile sumó uno productivo. Su gerente general, Claudio Cilveti, planteó que la categoría podría favorecer el cultivo en territorios más fríos —Biobío, Lago Ranco, Chiloé, Chile Chico—, donde alcanzar los 11,5° obliga a prolongar la maduración y expone la uva a las lluvias.

Por qué hay viñateros en contra

La objeción principal es jurídica, y llegó a la Cámara de Diputados antes de que el decreto se publicara.

En una carta fechada el 18 de agosto de 2026, siete organizaciones de pequeños y medianos viñateros pidieron a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural que interviniera. Firmaron la Coalición Nacional de Viñateros, la Asociación Gremial de Pequeños Viñateros del Maule, la Asociación Gremial del Valle del Biobío, la Asociación Gremial Viñateros del Itata por Precios Justos y sus asociaciones adheridas, la Asociación Comunal de Viñateros de San Nicolás, la Cooperativa Campesina de Vitivinicultores Ecológicos y Viñateras Bravas. Representan a productores de Valparaíso, O'Higgins, Maule, Ñuble y Biobío.

Su argumento se apoya en los artículos 17 y 36 de la Ley N.º 18.455. El artículo 36 establece que el vino envasado destinado al consumo directo debe tener una graduación mínima de 11,5° GL, con una única excepción —asociada a condiciones climáticas anómalas— que permite autorizar hasta 10,5° en determinadas comunas de la Región del Biobío.

De ahí su conclusión: si la ley fija el piso, bajarlo a 8,5° requeriría una modificación legal discutida y aprobada por el Congreso, no un cambio reglamentario. "Solicitamos respetuosamente vuestra ayuda para que, al menos, las leyes aprobadas en el Congreso se cumplan y se respete el Estado de derecho", señala la presentación.

Las organizaciones también sostienen que la nueva categoría podría terminar amparando productos de entre 8° y 9° GL que, afirman, ya se comercializan como vino. Estas afirmaciones son de responsabilidad de las organizaciones firmantes: no se acompañan de fiscalizaciones del SAG, resoluciones ni sentencias que permitan acreditarlas de manera independiente.

Una segunda línea de objeción

No todos los críticos plantean lo mismo. El gremio maulino Agrícola Central no rechaza necesariamente que exista una categoría de menor graduación, pero exige que antes se demuestre que el SAG cuenta con los análisis, la trazabilidad y las capacidades de fiscalización suficientes para controlarla.

Son dos objeciones distintas y conviene no mezclarlas: una discute la legalidad del instrumento; la otra, la capacidad del Estado para fiscalizar lo que acaba de autorizar.

Qué mirar ahora

Con el decreto vigente, la discusión se desplaza. La Comisión de Agricultura puede todavía citar a las autoridades y examinar la categoría y sus efectos. Y queda por ver cuántas viñas la usan efectivamente en sus etiquetas, y cuáles.

Para el Maule la pregunta es doble. Por un lado, la región concentra buena parte de los pequeños productores que firmaron la carta. Por otro, es también territorio de viñas con capacidad técnica para explorar el nuevo segmento. La categoría ya existe; lo que viene es saber quién la ocupa.